Como se elige el Parlamento - Elecciones
Cómo se elige el Parlamento
El Parlamento es la asamblea legislativa formada por cincuenta miembros electos; son llamados parlamentarios y parlamentarias forales. Fue instituido en 1982 por la Ley Foral de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, bajo la denominación de Parlamento o Cortes de Navarra, en referencia a las Cortes del Viejo reino.
El Parlamento de Navarra se elige por un periodo de cuatro años mediante sufragio universal, libre, secreto y directo, de todos los navarros y navarras mayores de 18 años con derecho a voto.
Los partidos políticos, federaciones, coaliciones y agrupaciones electorales legalmente constituidos presentan sus candidaturas en listas cerradas de cincuenta aspirantes bajo un nombre y un logotipo.
El electorado vota en una única circunscripción que comprende todo el territorio de la Comunidad Foral. Las papeletas de voto contienen la lista de los cincuenta nombres de la candidatura, en la que el electorado no puede introducir ninguna modificación o cambio.
El reparto de escaños se hace mediante un sistema proporcional a los votos recibidos por cada partido, coalición o agrupación electoral, corregido por la regla D'Hondt.
Las personas aspirantes adquieren la condición de parlamentarios y parlamentarias forales según el número de escaños que haya obtenido su candidatura y el lugar que ocupen en ésta. Si una persona electa no toma posesión de su cargo, el escaño se asigna a la persona que le sigue en la lista de su misma candidatura.
En la primera sesión celebrada después de las elecciones, el Parlamento elige a su Presidente o Presidenta, a las dos vicepresidencias, así como a los dos cargos que ocupan las dos secretarías. Todos estos cargos constituyen la Mesa del Parlamento, que es el órgano de gobierno interno.
- Ley Foral 16/1986, de 17 de noviembre, reguladora de las elecciones al Parlamento de Navarra.
- Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra (artículos 29 y 30).
C1 Comunicación de constitución de coalición electoral de partidos o federaciones. bilingüe/castellano
C2a Presentación de candidatura de formación política. bilingüe/castellano
C2b Presentación de candidatura de agrupación de electores. bilingüe/castellano
C3 Agrupación de electores. Identificación y firmas autenticadas. bilingüe/castellano