Organización y funcionamiento

La administración electoral la forman las juntas electorales, las mesas electorales y la Oficina del Censo Electoral.

Las juntas electorales son:

  • la Junta Electoral Central, órgano permanente con sede en Madrid
  • las juntas electorales de las Comunidades Autónomas
  • las juntas electorales provinciales con sede en las capitales de provincia
  • las juntas electorales de zona con sede en las ciudades cabecera de los partidos judiciales.

En las Comunidades Autónomas uniprovinciales las competencias atribuidas a las juntas electorales de Comunidad Autónoma y a las juntas electorales provinciales se asumen por un único órgano, y, en Navarra, la Junta Electoral Provincial asume las competencias atribuidas a la Junta Electoral de Comunidad Autónoma. 

En la Comunidad foral las juntas electorales de zona son cinco, las que tienen sus sedes en Aoiz / Agoitz, en Estella-Lizarra, en Pamplona / Iruña, en Tafalla y en Tudela.

En este enlace encontrarás información ampliada  sobre la administración electoral, sus órganos y competencias.

Cada mesa electoral constituida será común para todas las elecciones: Parlamento Europeo, Parlamento de Navarra, municipios y, en su caso, concejos.

La mesa electoral está formada por un presidente o presidenta y dos vocales, que se eligen por sorteo público realizado por cada ayuntamiento, entre la totalidad de las personas incluidas en la lista de electores de la mesa correspondiente, que sepan leer y escribir y sean menores de 70 años (si bien, a partir de los 65 años, podrán manifestar su renuncia en el ayuntamiento correspondiente en el plazo de siete días).

La Oficina del Censo Electoral,  que se encuentra encuadrada en el Instituto Nacional de Estadística, es la  encargada de elaborar el censo electoral y ejerce sus competencias bajo la dirección y la supervisión de la Junta Electoral Central. La Oficina del censo electoral cuenta con delegaciones provinciales y tanto los ayuntamientos como los consulados actúan como colaboradores en las tareas censales. 

Más información

Los colores identificativos de sobres y papeletas son:

 

  • Color sepia: elecciones al Parlamento de Navarra.
  • Color blanco: elecciones municipales.
  • Color verde: elecciones a los concejos.

Cada mesa electoral tiene una urna por cada una de las elecciones que se celebrarán en la misma jornada electoral, que son identificadas con el mismo color de las papeletas.

En las mesas electorales de los municipios en los que existan uno o más concejos, además de las urnas correspondientes al Parlamento de Navarra y al ayuntamiento, hay urnas para las elecciones a los concejos. Éstas últimas se identifican con el color correspondiente (verde) y el nombre del concejo.

Comprueba tu correcta inscripción en el censo electoral. El censo electoral, que se expone en los ayuntamientos previamente a las elecciones, muestra los datos actualizados de cada elector/a, la sección y la mesa donde le corresponde votar. Si dispones de certificado digital, o credencial cl@ve, puedes consultar desde aquí tu inscripción en el censo. Además, cada elector/a recibirá de la Oficina del Censo Electoral una tarjeta censal con los datos actualizados de su inscripción y de la sección y mesa en la que le corresponde votar.

El día de elecciones, te identificarás ante tu mesa mediante alguno de los siguientes documentos: documento nacional de identidad, pasaporte (con fotografía), carné de conducir (con fotografía), tarjeta de residencia en el caso de ciudadanos de la Unión Europea que la posean, o tarjeta de identidad de extranjero en el caso de nacionales de países con los que España haya suscrito un tratado de reciprocidad para el reconocimiento del derecho de sufragio en las elecciones municipales. Dichos documentos deben ser originales y pueden ser españoles o haber sido emitidos por el país de origen, siempre que incluyan la fotografía del titular.

La votación comenzará a las 9 horas el día de la jornada electoral y terminará a las 20 horas. 

En esta misma web tienes instrucciones detalladas sobre cómo votar, si vives de forma permanente o temporal en el extranjero.

Y en el siguiente enlace del Ministerio del Interior encontrarás instrucciones para el voto por correo desde España, el voto para el personal que está en alta mar, para el personal en misiones internacionales y otras casuísticas.

Descargate los impresos de solicitud del voto

Personas con enfermedad o incapacidad que no pueden desplazarse

Si  estás enfermo/a o sufres una incapacidad y no puedes desplazarte para tramitar tu voto por correo, puedes otorgar un poder a un tercero para que lo tramite en tu nombre. 

Este poder notarial se obtiene  de manera gratuita. Para ello debes llamar al Colegio Notarial de Navarra  (teléfono 948 228 938,  info@navarra.notariado.org), donde se te informará de los requisitos (necesitarás acreditar tu enfermedad o incapacidad con un certificado médico oficial que también será gratuito)  y  designarán a un notario/a que se desplazará a tu  domicilio, ya sea un hospital, residencia de ancianos, o el domicilio de un familiar. 

Posteriormente, se seguirá el mismo procedimiento que para el voto por correo ordinario. Es decir,  el representante o apoderado/a podrá ir personalmente, con su DNI y el poder notarial, a cualquier oficina de Correos y solicitar el impreso para votar por correo. Deberá hacerlo entre el 3 de abril, fecha de convocatoria de las elecciones, hasta el el 18 de mayo, día en que finaliza el plazo para la solicitud del voto por correo desde España.


Transporte gratuito para personas con discapacidad motriz que pueden desplazarse

En los casos de ausencia de transporte público accesible al local electoral, el Gobierno de Navarra  proporcionará transporte gratuito para las personas con discapacidad motriz que lo soliciten.

Puedes demandar este servicio, que gestiona la Delegación del Gobierno en Navarra,  tanto mediante  instancia dirigida a dicha Delegación como a través del número de teléfono 948 979 000, hasta el día 27 de mayo. 


Discapacidad visual grave

Si tienes discapacidad visual grave llama al teléfono 680 255 849  antes del 1 de mayo para  solicitar el procedimiento de votación accesible que te garantice la documentación completa en braille. 

La utilización de este procedimiento es voluntaria, de modo que si lo deseas puedes seguir siendo asistido/a de una persona de tu confianza.

  •  Con el fin de facilitar el ejercicio del voto  se han previsto, en el ámbito de Navarra,  permisos retribuidos para ir a votar  a aquellos/as electores/as que trabajan por cuenta ajena el mismo día de la votación. Tienes derecho al permiso remunerado si tu horario de trabajo coincide en dos o más horas con el horario de apertura de las mesas electorales.
     
  • Por otro lado, si  ostentas una presidencia o vocalía en una mesa electoral, o si actúas como interventor/a, tienes derecho a un permiso retribuido durante toda la jornada laboral y a cinco horas en la jornada del día siguiente. Si eres apoderada/o,  el permiso se reduce a la jornada correspondiente al día de la votación.

    Y si  participas con alguna de estas funciones y te tocase trabajar en el turno de noche el día anterior a la jornada electoral,  tu empresa deberá cambiarte el turno a efectos de poder descansar la noche anterior al día de la votación.

Más información

Si te ha tocado ser miembro de una mesa electoral aquí tiene un manual con las funciones que deberás realizar.